Sanciones por no actualizar el EIA

Sanción por no actualizar un EIA

Empresas podrían ser sancionadas  por no actualizar el EIA

 

De acuerdo al ítem 2.1. del Anexo de la RCD-006-2018-OEFA/CD que aprueba la “Tipifican infracciones administrativas y establecen escala de sanciones relacionadas con los Instrumentos de Gestión Ambiental, aplicables a los administrados que se encuentran bajo el ámbito de competencia del OEFA” publicado el 16-Feb-2018, un titular puede ser SUSCEPTIBLE A UNA SANCIÓN DE HASTA 6 000 UIT por no actualizar el Instrumento de Gestión Ambiental en aquellos componentes que lo requieran, al quinto año de iniciada la ejecución del proyecto o por periodos consecutivos similares.

Esto está de acuerdo al:

  • Artículo 30° del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (DS-019-2009-MINAM); y
  • Artículo 128° del Reglamento de Protección y Gestión Ambiental para las Actividades de Explotación, Beneficio, Labor General, Transporte y Almacenamiento Minero (DS-040-2014-EM).

 

Sanciones por no actualizar el EIA
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